Registro horario obligatorio en empresas

El viernes 1 de Marzo de 2019 el gobierno publico el nuevo decreto que pretende disminuir las situaciones en las que los trabajadores están contratando menos horas de las que realizan o realizan horas extras sin estar remuneradas ni cotizadas, para ello el Gobierno dicha obligación entrara en vigor a partir del 12 de Mayo de 2019.

Para ello todas las empresas independientemente de que la jornada de trabajo sea a jornada completa o parcial el trabajador deberá rellenar la ficha, los datos que deberá contener son los siguientes:

  • Horario de entrada y salida
  • Firma del Trabajador.
  • Día
  • Datos de la empresa
  • Datos del trabajador

Los trabajadores deberán firmar en las horas de descanso y las empresas deberán conservar dicho registro durante 4 años, dicha documentación podrá ser solicitada por la Inspección de Trabajo, Seguridad Social o sindicatos.

En caso de incumplimiento o no disponer del registro de horas la empresa podrá ser sancionada llegando la sanción a 6.000 Euros.

Todos aquellos clientes que quieran acceder a dichas hojas o tener mayor información contacten con nosotros a través del correo info@tugestoriaaldia.es