Gestoría de Sucesiones, Donaciones y Herencias en Zaragoza

Te asesoramos sobre todos los trámites necesarios para la aceptación y recepción de los bienes y/o derechos.
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Asesoría para Trámites sobre Sucesiones, Donaciones y Herencias en Zaragoza.

Te ayudamos con toda la gestión para liberarte de las preocupaciones y sepas qué pasos seguir.

Ofrecerte el mejor servicio en un momento difícil para tu familia, gestionar correctamente y saber cómo tramitar una herencia con todo el respeto, es un papel que somos capaces de asumir profesionalmente en nuestra gestoría especializada en sucesiones.

Servicios destacados en materia de Sucesiones y Herencias

Estudio personalizado de la situación.
Análisis de la posibilidad de aplicación de bonificaciones.
Solicitud certificado de últimas voluntades o testamento.
Obtención del certificado de defunción.
Adjudicación de los bienes, aceptación de Herencias, y procesos de renuncia
Tramitación y liquidación de impuesto de sucesiones y donaciones.
Liquidación de plusvalías.
Inscripción en registros públicos correspondientes.
Tramitación de donaciones. Padres a hijos y viceversa.
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Tranquilidad

Probablemente quieras olvidarte de todo esto lo antes posible y en tal caso, dejar la burocracia en manos de expertos es lo mejor que puedes hacer. En nuestra gestoría especializada en herencias y testamentos, te aconsejaremos a nivel jurídico y fiscal y gestionaremos cualquier trámite que necesites.
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Atención especializada

Con más de 10 años de experiencia gestionando herencias en Zaragoza y gracias a la atención especializada de nuestro Perito Judicial en herencias y donaciones, puedes tener la seguridad de que el proceso será lo más rápido posible y con todas las garantías.
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Asesoramiento personalizado

Resolvemos tus dudas para que tengas claro cuales son las fases del proceso y el tiempo necesario para la realización de todos los tramites de sucesión. Contactaremos con cada una de las partes herederas y haremos de intermediario para que el procedimiento sea lo más neutral posible.
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¿Quieres saber lo que te va a costar la aceptación de la herencia?

¿Cuánto pagaras en la declaración de la renta por aceptar una herencia?

¿Estas pensando en hacer una donación para que tus hijos paguen menos?

Especialistas en Derecho de Sucesiones en Zaragoza.

Damos respuesta a tus preguntas y nos encargamos de todas las gestiones para la correcta tramitación de tu herencia.

¿Ha fallecido un ser querido y has de tramitar una herencia? ¿Quieres anticiparte a cualquier situación futura relacionada con una herencia?
En nuestra asesoría especializada en la tramitación de herencias en Zaragoza te guiaremos durante todo el proceso, resolviendo todas las dudas que te puedan surgir.
No estarás sólo ante la gestión y tramitación de la herencia o donación.

Otros Servicios que Realizamos

Relacionados con la tramitación de Herencia o Testamento en Zaragoza

Tramitación de herencias

Nos ocupamos de todas las gestiones ante la notaría y te ayudamos a recopilar los documentos necesarios para la tramitación.

Aceptación de herencias

Tramitamos la aceptación de forma expresa haciendo frente con su propio capital o a beneficio de inventario, respondiendo a las deudas del fallecido con la propia herencia.

Renuncia a herencias

Realizamos un estudio del activo, pasivo y la fiscalidad para ayudarte a tomar la decisión correcta. Acude a especialistas para que evalúen las posibles alternativas.

Partición de herencias

Ponemos a tu disposición nuestra experiencia en la partición o distribución del caudal hereditario entre los herederos.

Impuesto de sucesiones

Tramitamos la liquidación del impuesto de sucesiones. Conocemos el régimen fiscal a aplicar en cada caso y los plazos para la liquidación de dicho impuesto.

Tramitación de herencia sin testamento

Formalizamos la situación mediante declaración de herederos ante notario, gestionando y recopilando toda la documentación necesaria, quedando pendiente únicamente la firma en notaría.

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Preguntas Frecuentes sobre Herencias y Testamentos

Reparto y aceptación de la herencia. ¿En qué se diferencian?

Repartir una herencia y aceptar una herencia son dos cosas diferentes.

Si aceptamos una herencia pasamos a formar parte del caudal hereditario, es decir, recibimos los bienes pero también las deudas. En este caso no se puede disponer de la herencia hasta que esta haya sido repartida entre los herederos.

Mientras que en el reparto de una herencia se liquidan las deudas y se reparte la titularidad de los bienes entre los herederos. Ambas acciones, aceptación y reparto, pueden ser formalizadas a la vez y debe existir aceptación o renuncia a la herencia.

¿Necesito un abogado para tramitar mi herencia?

No es necesario contratar a un abogado para gestionar una herencia en Zaragoza. Para recibir una herencia, tanto el abogado, como el gestor deben asesorar a los herederos y tramitar la herencia.

Sólamente serían necesarios los servicios de un abogado de herencias en el caso de que exista un litigio judicial relacionado. Si este es tu caso, disponemos de abogados que te ayudarán a defender tus derechos.

¿Estamos obligados a aceptar una herencia?

De hecho, hay ocasiones en las que no es en absoluto conveniente aceptar una herencia. Bien porque los impuestos sobre la misma son muy altos o bien porque las deudas del fallecido exceden el valor de los bienes a heredar.
El sistema de herencias en España permite renunciar a una herencia, pero también nos ofrece la posibilidad de aceptar la herencia a beneficio de inventario. O lo que es lo mismo, el heredero no quedará obligado a pagar las deudas que superen el valor de la herencia del fallecido.

¿Cómo se realiza el reparto de una herencia?

Para proceder al reparto de la herencia es fundamental la aceptación o renuncia por parte de los herederos. En este proceso, todas las deudas de herencia se liquidarán y se repartirá la titularidad de los bienes entre los herederos.

Tramitar una herencia en Zaragoza es un proceso laborioso y complicado. Por este motivo recomendamos los servicios de un profesional especializado en herencias.

¿Cuánto tendré que pagar por mi herencia en Aragón?

Esta es una pregunta un tanto difícil de responder. Existen exenciones y deducciones de pago según el caso y calcular el total que deberás pagar depende de muchos factores. Por ello, te recomendamos buscar asesoramiento de una gestoría especializada en sucesiones en Aragón. Llámanos al 976 069 079 o acude a nuestra oficina en Paseo de los Olvidados 11 (Valdespartera) y te asegurarás la alternativa tributaria más beneficiosa para tus intereses.

¿Es posible solicitar un préstamo para pagar el impuesto de sucesiones?

El impuesto de sucesiones puede suponer un desembolso importante. Por ejemplo, si heredas una vivienda, la cantidad a pagar será elevada y es muy posible que en ese momento no dispongas de liquidez. En estos casos lo ideal es solicitar un préstamo para pagar el impuesto y así poder heredar el inmueble.

Aunque esté exento el pago del impuesto de sucesiones, ¿es obligatorio cumplir algún otro trámite?

Sí, aunque no haya que pagar nada de impuestos, es obligatorio presentar en la hacienda autonómica la correspondiente declaración o autoliquidación, según los casos. En caso de no hacerlo se pueden imponer sanciones o incluso ( en Aragón ) perder importantes beneficios fiscales.

La herencia, como acto jurídico, es también un hecho imponible y está sujeta a retención fiscal. Al ser una fuente de ingresos para el heredero, la mayoría de los estados la gravan en mayor o menor medida mediante impuestos generalmente progresivos y en algunos países, con cantidades mínimas exentas de tributación. Se considera que el impuesto sobre la herencia tiene un efecto redistributivo.

¿Cómo me afecta recibir una herencia a mi declaración de la renta?

Los bienes que percibes al tramitar una herencia no tributan en la declaración de la renta. Esto es debido a que el impuesto de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal ya gravan tu ganancia patrimonial obtenida por la herencia recibida.

Por este motivo, una vez se ha tramitado la herencia y has pagado los impuestos que gravan las sucesiones, los bienes que recibes no debes declararlos en el IRPF.

Recuerda. Desde la fecha del fallecimiento, dispones de seis meses para pagar los impuestos de sucesiones.

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